Esta gran herramienta de comunicación se destaca fundamentalmente por la posibilidad de establecer un vínculo oral y visual con otros usuarios de la red en todo el mundo y por la búsqueda de información diversa.
Sin embargo, su amplia conectividad mundial, junto al libertinaje en el manejo de la información que circula por la misma, llevan a que existan un alto grado de inseguridad y privacidad en los datos que pose dicha red.
Por eso esta vez la Justicia de Rafaela le dio lugar al pedido de un usuario de Internet al que le usurparon la identidad, creando una cuenta falsa en Facebook, en la que se le atribuían preferencias e inclinaciones sexuales, ocasionándole un grave conflicto en el ámbito familiar y laboral. “La cuenta, si bien partía de un nombre real, contenía parcialmente información falsa. Además, ésta era injuriante y nociva"
La víctima se enteró a través de sus compañeros de trabajo, esto “le causó ciertos trastornos en el ámbito familiar, con su pareja y en el mismo lugar donde trabaja”, así lo explicó la defensa, que apuntó entonces a “buscar al autor material e intelectual del hecho”, pero además trató de “ponerle fin al daño en sí”.
Todo comenzó a mediados de abril. Durante un mes y medio se hicieron los reclamos por los mecanismos que brinda la red social a través de Internet para dar de baja la cuenta. Pero como era de imaginar “La red social más grande del mundo, nunca respondió ni hizo nada, como suele pasarle al 100 por cien de sus usuarios” esto llevo al hombre a recurrir a los tribunales.
Primero se inició una acción penal, pero no se podía ir en contra de Facebook porque en sus bases de emisiones deja expresa constancia que no es responsable del contenido que aparece en su red social
El abogado en la causa dijo: “En principio, ninguna red social tiene responsabilidad sobre el contenido de la cuenta hasta que tiene conocimiento de que el material expresado en sus sitios es nocivo. Entonces, la manera más rápida de accionar, para hacer cesar el contenido falso e injuriante y ordenarle a Facebook que bloquée la cuenta, fue a través de una medida autosatisfactiva.
La misma consiste en pedirle al juez que ordene algo y el juicio termina inmediatamente con esa resolución, no es un juicio común y corriente en el que uno reclama algo y el otro le contesta, se producen pruebas y se da una sentencia”.
La medida autosatisfactiva es un pedido expreso al juez ante un hecho grave que causa daño, para que ordene una medida que atienda a poner fin a un hecho. En este caso, se pidió que se cancele la cuenta y que Facebook prohiba la posibilidad de volver a abrir cuentas con ese nombre y esa orientación sexual.
La red acató la orden judicial. Si bien días después se volvió a abrir la cuenta por motivos que se desconocen, pero al reiterarse el pedido del juzgado, la red social la bloqueó definitivamente.
Creo esto demuestra una vez más “lo poco protegidos que estamos todos los usuarios por la red”.
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